La SUNAT y sus cruces de Información, hay que poner atención

AUDITORIA TRIBUTARIA

La SUNAT viene desarrollando acciones de fiscalización tributaria basadas en los cruces de información, hoy realiza auditorias virtuales que rápidamente detectan inconsistencias que generan las alertas que terminan en citaciones o requerimientos de información.

Es importante conocer cuáles son y sobre todo como se debe trabajar antes; para evitar que generen inconsistencias y de esta manera prevenir una acción de fiscalización tributaria que termine en una sanción, una multa o un desconocimiento del crédito fiscal y/o gasto.

Uno de los programas de cruces de información que vienen aplicando es: «salida de dinero sin sustento» las famosas entregas a rendir o prestamos no devueltos que están contabilizados en la cuenta (14) Entregas a Rendir, tema tratados en el artículo: Entregas a Rendir del pasado, Dividendos que tuvieron que haberse Declarado.

Otro cruce información que viene efectuando la Administración Tributaria es el referido a los Pasivos de la empresa consignados en las Declaraciones Anuales. Esto se vuelve un problema si no se tienen una explicación precisa y clara sobre la situación; porque puede devenir en que la situación tome dos caminos ambos  muy delicados:

a) Presunción de Ingresos no Declarados

b) Operaciones no Fidedignas (Facturas de Favor)

a) Presunción de Ingresos no Declarados, cuando se tienen ingresos en la cuenta corriente que no que se pueden cruzar con las ventas o las cuentas contables: (44) Cuentas por Pagar a Socios o Accionistas y (46) Cuentas por Pagar Diversas, presentan saldos que se pretenden justificar con Contratos de Mutuo Dinerario (préstamos) que se firman casi en el momento de la fiscalización, de seguro que la SUNAT va a determinar en su fiscalización tributaria que hay una presunción de ingresos no declarados.

b) Operaciones no Fidedignas (Facturas de Favor), Tema tratado en nuestra publicación: Simular Compras para aprovechar el Crédito Fiscal, una Idea Fatal, cuando la Administración Tributaria encuentran indicios o presume que se trata de “facturas de apoyo o favor” verifica la veracidad de la operación: pide la detracción, el medio de pago, solicita la guía de remisión, el kardex, el ingreso y la salida para despacho, también cruza con el proveedor la guía de remisión y verifica que el proveedor tenga facturas que acrediten que importó o compró lo que en algún momento facturó.

Hay que tener cuidado y ser ordenado, para la Administración Tributaria hoy es más fácil hacer cruces de información, que pueden terminar después en una fiscalización tributaria.