El Reglamento Interno, Norma que regula la convivencia en un Condominio

 

ADMINISTRACION INMOBILIARIA 1

La convivencia en un Edificio Residencial o un Condominio de Playa, requiere de una norma que reglamente el actuar y el uso de las áreas comunes y tiene que ser de conocimiento de toda persona que adquiere un departamento o compra un lote o casa en un condominio de playa.

Esta norma es el Reglamento Interno y tienen que ser entregada cuando se adquiere un inmueble que está bajo el Régimen de Propiedad Horizontal. No sólo tienen que ser entregado por la inmobiliaria si no que tienen que ser conocido por el que adquiere la propiedad.

La Junta de Propietarios, tienen y debe regular su actuar basado en el Reglamento Interno y la Directiva de la Junta de Propietarios también; es más su elección debe haberse dado cumpliendo las disposiciones contenidas en éste.

El Reglamento Interno deberá contener, obligatoriamente, lo siguiente:

a) La determinación de la unidad inmobiliaria matriz y la relación de las secciones de propiedad exclusiva, señalando sus áreas, numeración y el uso al que deberá estar destinada cada una de ellas.

b) Los derechos y obligaciones de los propietarios.

c) Las limitaciones y disposiciones que se acuerden sobre los usos y destinos de los bienes comunes, y sobre el uso de las secciones de propiedad exclusiva.

d) Los reglamentos especiales referidos a obras, usos, propaganda u otros, de ser el caso.

e) La relación de los servicios comunes.

f) Los porcentajes de participación que corresponden a cada propietario en los bienes comunes, de acuerdo con el criterio adoptado por los propietarios o por el propietario promotor.

g) Los porcentajes de participación que corresponden a cada propietario en los gastos comunes, los cuales serán iguales a los de participación en la propiedad de los bienes comunes, salvo que se adopte un criterio distinto.

h) El régimen de la Junta de Propietarios, sus órganos de administración y las facultades, responsabilidades y atribuciones que se les confiere.

i) Todo lo relativo a las sesiones ordinarias y extraordinarias, quórum, votaciones, acuerdos, funciones.

La ley 27157 que regula el Régimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad Común. en su artículo 153º señala lo que el Reglamento Interno debe contener de manera obligatoria.

Recuerda si una convivencia en armonía quieres tener, tu reglamento interno debe conocer.